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Y SIGUEN PEGANDO…

Un nuevo proyecto de ley para prohibir la caza menor de patos, perdices y liebres. ¿Y los cazadores?… bien, como si nada pasase, en la dulce inconsciencia.

Una iniciativa legislativa de diputados nacionales de las provincias de Entre Ríos y Buenos Aires busca declarar MONUMENTO NATURAL NACIONAL a las especies más comunes y populares de la caza menor y, en consecuencia, prohibir su caza.

Este proyecto de ley es motorizado por el lobby animalista encabezado por la ONG llamada CEYDAS (Centro para el Estudio y la Defensa de las Aves Silvestres), declarada organización anti-caza que ya logró prohibir la temporada de menor en 2022 mediante acciones judiciales argumentando que se trata de especies amenazadas y, además, que la provincia de Entre Ríos habilitaba la caza sin los estudios poblacionales de patos y perdices pertinentes.

La iniciativa legislativa ingresada a la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación con el expediente 3356-D-2024 (ver recuadro) carece de absolutamente de fundamentos científicos y se cimienta en meros prejuicios animalistas.

QUE DICEN LOS QUE SABEN

Consultados los renombrados biólogos Bruno Carpinetti y Gonzalo Daniele, coincidieron en las absurdas fundamentaciones del proyecto de ley, hasta el punto de parecer cómicas, que desnudan la absoluta ignorancia de los legisladores en la materia.

Ambos científicos consultados aportaron abundantes elementos para rebatir la fundamentación del proyecto de ley, pero coincidieron básicamente en tres cuestiones:

1) El desconocimiento del status de Monumento Natural, que está reservado sólo para especies en serio riesgo y, de hecho, son muy pocas las que cuentan dicho título. Tanto los patos del listado citado en el proyecto de ley, como también la perdiz, están muy lejos de esa situación, y carecen de todo mérito para ser declarados Monumentos Naturales.

2) La ignorancia de la situación de las especies citadas en el proyecto de ley, ya que los censos actuales existentes aportan datos y números sobre sus poblaciones y no reflejan problemas de conservación. Ni los patos citados, ni la perdiz están catalogados en categorías de amenaza nacional, ni internacional en la lista de la Unión Internacional para la Conservación de Especies (UICN). Y, de hecho, las aves mencionadas están todas en categorías de conservación de preocupación menor (condición otorgada cuando no tiene problemas de conservación).

3) Errores técnicos elementales, ya que la liebre (Lepus europaeus) se trata de una especie exótica introducida invasora (como el castor o el jabalí) y, por tanto, no puede ser protegida, sino que, por el contrario, debe ser controlada para mantener bajas sus poblaciones.

QUÉ DICEN LOS ESTUDIOS

Además de los estudios realizados por las diferentes provincias, previos a la habilitación de cada temporada, el colectivo de la caza (no los animalistas, ni proteccionistas) está haciendo un aporte al conocimiento científico que disipa toda duda.

Desde 2019, los cazadores (y muy especialmente la Cámara Argentina de Turismo Cinegético y Conservación –CATCyC-) están apoyando y financiando los estudios de un grupo de biólogos de altísimo nivel y experiencia de varias instituciones científicas (INTA, UNLP, CONICET, etc.) que demuestran que la presión de caza está muy por debajo de la tasa de reproducción de las especies en cuestión.

Los informes presentados de dichos estudios revelan claramente que, tanto los patos citados en el proyecto de ley, como la perdiz chica, son recursos naturales renovables (como el dorado o la merluza) fuera de peligro de sobre-explotación.

Todo aquel que desee acceder a los estudios mencionados puede recurrir a los artículos de esta revista de febrero 2023, marzo 2023, septiembre 2023 y junio 2024 que están a disposición en el recuadro (ESTUDIOS POBLACIONALES DE PATOS Y PERDICES).

QUÉ DICEN LOS QUE NO SABEN

Tanto los legisladores  Osuna, Gaillard, Ledesma y Passo, como CEYDAS y las demás ONG animalistas, recurren a aplicaciones erróneas de los conceptos técnicos-científicos convirtiendo la fundamentación del proyecto de ley en un conjunto de argumentos falaces y sofismas que pretenden inducir a confusión a los incautos bienintencionados.

Lo que subyace en el proyecto de ley es puro prejuicio ideológico basado en que los animales son Personas No Humanas y, por tanto, es un crimen cazarlas. Esta es la base las nuevas filosofías como el veganismo, animalismo, antiespecismo, etc.

CEYDAS es un ejemplo en sus redes sociales, donde abundan diatribas contra el colectivo de la caza invocando el espíritu democrático, pero se niegan al debate serio cancelando a cualquiera que esté dispuesto a debatir. Sus argumentos: pura ideología animalista que se niega a cualquier fundamento científico serio.

COCODRILO QUE SE DUERME…

Mientras tanto, la inmensa mayoría de los cazadores “hacen la plancha” inconscientes del peligro que se cierne sobre el estilo de vida cinegético. Desgraciadamente, son pocos los que trabajan para defender la caza.

Ni hablar de los imbéciles que siguen practicando el furtivismo y subiendo a las redes fotos sobre sus tropelías, auto-inculpándose y entregando fundamento a los anti-caza. Así nos hundirán a todos…

Es impostergable fortalecer las instituciones del colectivo de la caza y organizarse para defender nuestros derechos. Todos los cazadores deben asociarse a una institución (club o asociación más cercana), y las instituciones deben formar las federaciones provinciales que deberían nuclearse en la Confederación Nacional. Sólo así se podrá defender este estilo de vida… caso contrario, habrá que prepararse para su desaparición.

LINK PROYECTO DE LEY:

PROYECTO DE LEY

Texto completo del proyecto de ley: https://www4.hcdn.gob.ar/dependencias/dsecretaria/Periodo2024/PDF2024/TP2024/3356-D-2024.pdf

ARTICULO 1°.- Declárase “Monumento Natural Nacional”, en los términos del artículo 8° de la Ley 22351 a las especies Pato Picazo (Netta peposaca); Pato Barcino (Anas flavirostris); Pato Sirirí Pampa (Dendrocygna viduata); Pato Sirirí Bicolor (Dendrocygna bicolor); Pato Cutirí (Amazonetta brasiliensis); Pato Maicero (Anas georgica); Pato Collar (Callonetta leucophrys); Pato Capuchino (Spatula versicolor); Perdiz Chica (Nothura maculosa) y Liebre (Lepus europaeus) con el fin de lograr su protección y la recuperación numérica de esta especie amenazada y considerada en peligro de extinción.

ARTICULO 2° .- Se prohíbe la caza total o captura intencional, en todo el territorio nacional de cualquiera de las especies mencionadas en el artículo 1°.

Diputados Nacionales que presentan el proyecto:

–Blanca Osuna (Entre Ríos – Unión por la Patria)

–Carolina Gaillard (Entre Ríos – Unión por la Patria)

–Tomás Ledesma (Entre Ríos – Unión por la Patria)

–Marcela Passo (Buenos Aires – Unión por la Patria)

Fuente: https://www.hcdn.gob.ar/proyectos/resultado.html

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